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DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN VIAJES TURÍSTICOS COMBINADOS. NUEVA PROTECCIÓN PARA LOS VIAJEROS

DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN VIAJES TURÍSTICOS COMBINADOS. NUEVA PROTECCIÓN PARA LOS VIAJEROS

06 de Junio de 2018

A partir de este año 2018, entra en vigor la nueva normativa de protección al consumidor en viajes combinados.

DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN VIAJES TURÍSTICOS COMBINADOS. NUEVA PROTECCIÓN PARA LOS VIAJEROS.

A partir de este año 2018, entra en vigor la nueva normativa de protección al consumidor en viajes combinados. Ahora bien, debemos partir de qué se considera viaje combinado, que se define de la siguiente manera:

Un viaje combinado es el que está formado, como mínimo, por dos de los tres elementos siguientes: transporte, alojamiento y otros servicios no accesorios de los anteriores. Además, todo él se ofrece por un precio global y su duración tiene que sobrepasar las 24 horas o incluir una noche de estancia.

Por ejemplo, contratar, en un mismo pack, un vuelo más alojamiento durante una semana en una Agencia de Viajes.

¿Cuáles son las principales novedades introducidas en la reforma de 2018?.

Debemos distinguir varios momentos diferenciados:

A) INFORMACIÓN ANTES DEL VIAJE:

- Se crean nuevas obligaciones de información sobre el idioma o los idiomas en que se llevarán a cabo las actividades incluidas en el viaje combinado, la posibilidad de suscribir un seguro que cubra los gastos de cancelación por el viajero o de asistencia, incluidos los gastos de repatriación, en caso de accidente o enfermedad, así como a la adaptación del viaje a las necesidades de las personas con movilidad reducida.

- Si no se da información sobre las tasas, gastos y otros costes adicionales, antes de la celebración del contrato, el viajero no tendrá que soportar dichas tasas, gastos o costes.

- Se proporcionará a los viajeros un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto donde puedan contactar con el organizador.

- Si el empresario responsable del viaje combinado lo cancela antes de su inicio, los viajeros tendrán derecho al reembolso de los pagos realizados y, cuando proceda, a una indemnización.

- Los viajeros tendrán derecho a poner fin al contrato cuando los cambios propuestos alteren sustancialmente las características principales de los servicios de viaje.

- Los viajeros podrán ceder el viaje combinado a otra persona, con un preaviso razonable y, en su caso, con sujeción al pago de gastos adicionales.

B) CAMBIOS EN EL PRECIO:

- El precio del viaje combinado solo se podrá aumentar si se producen gastos específicos como los precios de combustible, tasas o impuestos y está expresamente estipulado en el contrato, y en ningún caso en los últimos 20 días anteriores al inicio del viaje combinado.

- Si el aumento de precio excede del 8 % del precio del viaje combinado, el viajero podrá poner fin al contrato.

C) DURANTE EL VIAJE:

- En caso de mala ejecución contractual, el viajero puede poner fin al contrato libre de cargas con derecho, en su caso, a una reducción del precio y/o a una indemnización, en el supuesto de que exista una falta de conformidad que afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y el organizador no pueda remediarla en un plazo razonable fijado por el viajero.

Ejemplo: Se contrata un hotel de 5 estrellas, y al llegar a destino, se comprueba que el hotel tiene 3 estrellas.

- Los viajeros tendrán derecho a una reducción del precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.

- Si, después del inicio del viaje combinado, no pueden prestarse elementos significativos de este, deberán ofrecerse al viajero fórmulas alternativas adecuadas, sin coste adicional.

- Cuando sea imposible garantizar el retorno puntual de los viajeros debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, el organizador no asumirá el coste del alojamiento continuado que supere tres noches por viajero, salvo que se trate de personas con movilidad reducida.

TESTIMONIOS

"Este despacho siempre nos ha prestado la mejor atención. Si tendríamos que destacar alguna cualidad, sería la rapidez con la que nos han atendido y la efectividad en su labor."

Jose Gómez

Cliente de Merino Abogados

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